Todo buen opositor sabe que, al final, vamos a terminar estudiando leyes, ya sea en forma de apuntes, en temario comprado o directamente de los textos legales.
Normalmente, la mayoría de los temarios que compramos ya sea en formato pdf o a través de academias, no son más que la misma ley pero sin el articulado y con una división clara y, en teoría, fácil de entender; pero, muy a mi pesar, suelo encontrarme con que estos apuntes, temarios o textos para el estudio, no son más que un copia y pega de lo que dice literalmente la Ley, que está muy bien porque es lo que entra en el examen, pero sino entendemos las partes en la que se dividen este tipo de textos, es difícil que podamos llegar a entender dónde tenemos que buscar o qué tenemos que estudiar.
Creo firmemente que debería ser de primero de oposición que nos expliquen de forma clara cómo está repartida una ley, con todas sus partes y en qué consisten cada una de ellas. Como no he encontrado nadie que haga eso, hoy, os traigo mi explicación de las estructuras de las leyes, para que os sea más fácil el estudio.
LA LEY: cuando acudimos al BOE a descargar una Ley (o a cualquier otro sitio) normalmente vemos que esta trae un texto, luego un texto articulado que se divide en diferentes TÍTULOS y finalmente un montón de disposiciones con diferentes nombres. Todo este conjunto conforman el TEXTO LEGAL.
PREÁMBULO Y/O EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: Algunas normas incluyen una exposición de motivos que, como su propio nombre indica, no es más que el por qué de la publicación de esta nueva normativa, algunas otras, incluyen esta exposición dentro del PREÁMBULO, que constituye el texto explicativo de lo que más adelante encontraremos de forma articulada. En esta parte del texto, solemos encontrar la estructura de la ley (artículos que la componen, títulos, disposiciones, etc); así como una explicación de cada uno de los TÍTULOS y Capítulos.
TÍTULOS: los títulos son el CUERPO LEGAL de la norma, se forman a través de artículos que nos van indicando los derechos y obligaciones que se encuentran dentro de la normativa que estamos estudiando.
DISPOSICIONES ADICIONALES: sirven para REGULAR CUESTIONES estableciendo regímenes jurídicos especiales; excepciones de aplicación a la norma u otras disposiciones que, por su naturaleza o contenido no se adoptan en el articulado.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS: regula los supuestos en los que continúa aplicándose la normativa anterior que regule la materia que nos ocupa, incluso después de ser aprobada ésta.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS: sirven para DEROGAR las normas hasta ahora vigentes, mencionadas en este precepto.
DISPOSICIONES FINALES: constituye el ELEMENTO FINAL de la norma, no forma parte del cuerpo legal y puede contener modificaciones complementarias y excepcionales de una legislación vigente.
Espero que esta breve y escueta explicación os haya aclarado un poco las ideas. Sed FELICES.
Comentarios